La corte va por buen camino

         

   

   

   

   

            


Rectifican: Sí hay delito de violación entre cónyuges

 
 
Carlos Avilés

El Universal

Viernes   04 de noviembre  de 2005

Primera plana, página 1


La
Corte prevé modificar hoy el criterio que prevalece desde 1994. Se
consideraba únicamente "ejercicio indebido" de la obligación de
cohabitar. Ahora será penado. Además quebranta la libertad de ejercer o
no la sexualidad

         

            


Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación establecerán hoy
que si uno de los integrantes de un matrimonio obliga a su pareja a
tener relaciones sexuales, "sin duda incurrirá en el delito de
violación".


Con esta tesis, el máximo tribunal cambiará el criterio que data de
1994, cuando consideró que una relación forzada dentro del matrimonio
no puede catalogarse delito, sino un ejercicio indebido que se hace del
derecho que otorga la unión legal del hombre y la mujer para mantener
relaciones íntimas.

El fallo está programado para hoy viernes, de acuerdo con fuentes de la Suprema Corte consultadas por este diario.


En la resolución del 11 de mayo de 1994, se asentó: "El que uno de los
cónyuges imponga al otro la cópula normal de manera violenta, cuando
subsiste la obligación de cohabitar, no es suficiente para que se
configure el delito de violación".


El fallo de los ministros se dará a menos de un mes de que EL UNIVERSAL
documentó el 8 de octubre un caso en el que se demostró que el criterio
adoptado por la Corte hace 11 años se mantenía vigente y era aplicado
por los juzgados y tribunales del país.


De acuerdo con versiones recogidas en el máximo tribunal, el criterio
de 1994 se modificará también porque atenta contra la libre
determinación que tienen todas las personas para ejercer o no su
sexualidad.

Y porque un contrato matrimonial no le da derecho a ninguno de los cónyuges a abusar sexualmente de su pareja.


Por lo tanto, cuando uno de los integrantes de un matrimonio obligue a
su pareja a tener relaciones sexuales, "sin duda incurrirá en el delito
de violación".


Se prevé que con la nueva decisión, los ministros hagan una especial
defensa del derecho a la libre determinación para ejercer la sexualidad.


Para tratar de evitar el criterio de la Corte, varios estados
reformaron sus códigos penales y catalogaron como delito la violación
entre cónyuges.


De acuerdo con expertos, dichas reformas fueron insuficientes para
dejar sin efecto la tesis de 1994, pues la única que podía modificar
este criterio era la propia Cort

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Publicado en: General